Desde el 5 de noviembre, tu clínica también responde
Los arts. 8-11 del nuevo Código Penal entran en vigencia el 5 de noviembre de 2026: la persona jurídica — tu clínica, no solo tus médicos — puede responder penalmente, con multas de 50 a 1,500 salarios mínimos y hasta el cierre. La defensa institucional se construye antes, y se llama control interno demostrable.
Vigencia de los arts. 8-11
Qué cambia exactamente
Qué implica que la persona jurídica responda
Hasta ahora, un caso penal en salud perseguía a personas. Desde el 5 de noviembre, la institución entra al expediente con su propio riesgo.
La clínica como imputable
La persona jurídica puede responder penalmente por hechos cometidos en su operación — un frente distinto y adicional al de cada médico.
Multas de 50 a 1,500 salarios mínimos
Y hasta el cierre del establecimiento. Para una clínica mediana, el rango alto es una cifra que compromete la continuidad del negocio.
Vigencia diferida: 5-nov-2026
El resto del Código rige desde el 3 de agosto de 2026; los arts. 8-11 quedaron diferidos al 5 de noviembre. Ese plazo es tu ventana de preparación.
"¿Qué control tenía el centro?"
Cuando la institución responde, el caso deja de ser solo "¿qué hizo el médico?" y pasa a ser "¿qué políticas, estándares y supervisión existían?".
La defensa institucional
El expediente y el control interno son la defensa de la clínica
Una clínica no puede prometer que nunca habrá un evento adverso. Lo que sí puede es probar que operaba con orden: que había políticas, que los expedientes tenían un estándar, que cada acción tiene autor y hora, y que cuando algo pasó, se reaccionó según un plan.
Esa diferencia — entre "cada consultorio es un mundo" y "la institución controla su operación" — es la que separa a una clínica expuesta de una preparada. Y no se improvisa después del citatorio: se construye en la operación diaria.
Políticas y código de conducta escritos
Las reglas del centro en papel, difundidas y aplicadas — no en la costumbre.
Controles financieros y contables
Contabilidad al día y operaciones reconstruibles: el desorden financiero también es un flanco.
Expedientes homogéneos entre médicos
Un solo estándar de documentación clínica y consentimientos, sin importar quién atendió.
Trazabilidad de quién hizo qué
Cada acción clínica y administrativa con usuario, fecha y hora — auditable.
Plan ante eventos adversos
Qué se hace, quién responde y qué se documenta cuando algo sale mal.
Cómo ayuda SolMed
Multi-doctor con roles, auditoría y contabilidad integrada
El control interno demostrable no se arma con memos: se arma con un sistema donde el estándar es el camino más fácil.
Cada usuario, su alcance
Roles por función (médico, enfermería, caja, administración): cada quien ve y hace lo que le corresponde — y nada más.
Autor, fecha y hora en todo
Expedientes, facturas, inventario y caja con bitácora: la trazabilidad que responde "¿quién hizo qué?" sin reuniones de memoria.
Expedientes y consentimientos homogéneos
Historias clínicas y consentimientos con el mismo formato para todos los consultorios — el estándar institucional, aplicado solo.
Finanzas integradas
Facturación, caja, ARS y contabilidad en el mismo sistema: los controles financieros que los arts. 8-11 pondrán bajo la lupa.
Cumplimiento fiscal al día
Comprobantes electrónicos y reportes fiscales: el orden fiscal es parte del mismo control interno.
Mide tu preparación hoy
7 preguntas, 2 minutos: políticas, controles, expedientes, consentimientos, trazabilidad y plan — con tu flanco más débil identificado.
Preguntas frecuentes
Los arts. 8-11, en claro
El 5 de noviembre llega igual. La diferencia es cómo te encuentra.
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