Diagnóstico gratis para centros de estética

Los análisis del inicio no te cubren la sesión 8

Salud Pública exige apoyo médico en cosmetología según el nivel de riesgo — y la evaluación inicial no sustituye el seguimiento. Responde 7 preguntas y descubre en 2 minutos si tu centro deja el rastro que lo protege: por cliente, por sesión y por producto.

Gratis y al instante Basado en el requisito real de MISPAS Tu punto más débil, identificado
Lo que este diagnóstico revisa

Siete eslabones entre tu centro y un problema

MISPAS regula la cosmetología expresamente — y en abril de 2026 cerró más de 500 centros de salud y estéticas. Estas son las áreas que un inspector o un reclamo mirarían primero.

Apoyo médico real

Prescripción, control, evaluación y seguimiento médico según el nivel de riesgo del servicio.Reglamento MISPAS

Personal según riesgo

Quién puede hacer qué en tu centro, con la capacitación que el servicio exige.

Historial por cliente

Condiciones, tratamientos previos y evolución — no una hoja suelta por venta.

Registro por sesión

Equipo usado, parámetros aplicados y respuesta de la piel, sesión por sesión.Arts. 112 · 150

Eventos adversos

Qué pasa cuando una clienta reacciona mal: parar, registrar, referir — y poder probarlo.

Consentimientos y lotes

Consentimiento por tratamiento y trazabilidad de qué producto y qué lote se aplicó a quién.Ley 42-01 Art. 28

Sigue protegiéndote

Recursos para tu centro

Estética con apoyo médico

El requisito real de MISPAS y qué registrar en cada sesión.

El Código Penal y los spas

Si también ofreces bienestar: por qué 112/150 alcanzan cualquier práctica.

Diagnóstico de control interno

Caja, descuentos e inventario: por dónde se va el dinero sin que lo veas.

Preguntas frecuentes

Antes de empezar

Según el nivel de riesgo, sí: el Reglamento de Habilitación del MISPAS regula expresamente la cosmetología y exige apoyo médico para prescripción, control, evaluación y seguimiento, con personal capacitado acorde al riesgo del servicio. No es opcional ni "para los grandes": es el requisito de habilitación.

No. Los análisis del inicio prueban que podía empezar; no prueban que la sesión 8 se hizo con los parámetros correctos, ni que alguien vigiló cómo evolucionaba. Si hay un daño, los Arts. 112 y 150 preguntan por la negligencia en esa sesión — y la respuesta buena es un registro de equipo, parámetros y respuesta, con fecha y responsable.

Sí. Tus respuestas solo las usa nuestro equipo para preparar recomendaciones para tu caso. No compartimos tus datos con terceros.
Información general verificada contra la Ley 74-25 y el Reglamento de Habilitación del MISPAS; no constituye asesoría legal. Para casos concretos consulta a un abogado.

Profesional no es la que nunca tiene un problema. Es la que puede probar lo que hizo.

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